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Associació de Famílies de Múltiples de Catalunya

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Ayudas

Ayuda Seguridad Social
Cuidadores en familias numerosas

Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre.
Bonificación del 45 per 100 de las cuotas satisfechas a la Seguridad Social a cargo del que contrata.
Tienen la consideración de cuidadores las personas físicas al servicio del hogar familiar en los que el objeto de su relación laboral esté constituido por servicios o actividades prestados en el hogar de las familias numerosas que tengan oficialmente reconocida tal condición, y que consistan exclusivamente en el cuidado o atención de los miembros de dicha familia numerosa o de quienes convivan en el domicilio de la misma.